DISTRIBUCIÓN E INSTALACIÓN DE EXTINTORES PARTE I
Cantidad de extintores.
Está permitida la instalación de extintores adicionales para mayor protección como sea necesario.
Está permitida la distribución de extintores que tenga una capacidad o potencial de extinción menor que las especificadas en las tablas 1 y 2; no siendo considerados su utilización para cumplir con los requerimientos mínimos de protección que describe este capítulo;
Calculo de extintores. Es el cálculo de la cantidad necesaria de extintores de acuerdo al riesgo de la ocupación el cual se realizara aplicando el análisis de protección contra incendios de las áreas específicas de la edificación cuyas guía para determinar el número mínimo de extintores es haciendo uso del a tablas 1 y 2, por áreas a proteger, distancias a recorrer así como la correspondiente capacidad o potencial de extinción de los equipos, descrito en una memoria u hoja de cálculo de extintores con el correspondiente plano de distribución que muestra el área máxima que cada extintor puede proteger, suscrita por la persona que ejecuto el cálculo.
Operatividad de los extintores: Los extintores portátiles deben mantenerse cargados, en condiciones operativas y estar colocados en sus lugares designados todo el tiempo mientras no están siendo usados.
Ubicación e Instalación.
Los extintores deben estar ubicados de manera que estén visibles en todo momento, e instalados en lugares estratégicos que permitan estar fácilmente accesibles y de disponibilidad inmediata en caso de un inicio de incendio. En la parte superior donde se ubica el extintor se debe proveer la señal de extintor, pudiendo ser también un cartel
Los extintores deben ser ubicados a lo largo de los pasadizos, incluyendo la salida de las áreas.
Los extintores no deben estar obstaculizados o instalados en zonas oscurecidas que lo hagan poco visibles.
Obstrucciones visuales.
Los extintores no deben estar obstaculizados o instalados en zonas obscurecidas que lo hagan poco visibles.
En recintos amplios o en ciertos lugares donde existan obstáculos físicos que no puedan ser completamente evitados, donde los extintores no fueran totalmente visibles desde todos los puntos del recinto, habitación o local, se debe proveer señales o medios para indicar la ubicación exacta del extintor; o también mediante carteles o señales combinadas ubicadas en las partes altas de las columnas o paredes sobre las cuales están instalados el extintor.
NTP: Norma Técnica Peruana 350.043-1
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